Interpretación-neumáticos

HOMOLOGACIÓN DE NEUMÁTICOS

La pregunta que todos los conductores se hacen cuando van a cambiar los neumáticos del vehículo y descubre el precio, ¿Qué neumáticos son equivalentes o puedo poner?, ¿Puedo poner neumático no equivalente?

CAMBIO DE NEUMÁTICOS, NEUMÁTICOS EQUIVALENTES

Para saber el neumático que le corresponde a cada vehículo, tenemos que ir a la ficha técnica del vehículo o su tarjeta de inspección técnica, donde el fabricante especifica del vehículo indica la medida concreta de neumáticos homologados correspondiente.

De acuerdo al Reglamento general de vehículos, en su CR 4.5 especifica las características que debe cumplir la sustitución de vehículos:

Criterios de equivalencia para neumáticos:

Neumático normativa

– Índice de capacidad de carga igual o superior.

– Código de categoría de velocidad igual o superior.

– Igual diámetro exterior con tolerancia de + 3 %.

– Que el perfil de la llanta de montaje sea el

correspondiente al neumático.

NOMENCLATURA DE LOS NEUMÁTICOS, COMO SE LEEN

La medida de los neumáticos tiene una denominación especial, habiendo dos formas de designarlo. La primera de ellas emplea la anchura en pulgadas únicamente seguida del diámetro de la llanta en la misma medida. En la segunda forma de denominar al neumático, primero se designa la anchura de éste, posteriormente el porcentaje del perfil y finalmente el diámetro de la llanta.

Homologación-neumáticos

Las medidas de los neumáticos están limitadas por razones de pérdida de potencia y de maniobrabilidad, debido a que el rozamiento que se produce entre el suelo y la banda de rodadura absorbe potencia, siendo mayor la potencia absorbida cuanto mayor sea la sección empeorando de esta manera la facilidad para inclinar en las motos

Tabla de símbolo de velocidad:

Clasificación Velocidad Máxima
Q 160 Km/h
S 180 Km/h
T 190 Km/h
U 200 Km/h
H 210 Km/h
V Más de 210 Km/h (sin descripción de servicio)
V 240 Km/h (con descripción de servicio)
Z Más de 240 Km/h

COMO HOMOLOGAR NEUMÁTICOS

En el caso de instalación de neumáticos NO equivalentes, pero incluidos en la homologación de tipo del vehículo, siempre y cuando no se vea afectado ningún otro CR, sólo se tramitará a través de una diligencia administrativa mediante anotación en la tarjeta ITV del vehículo.

En caso de que se modifique el diámetro del neumático en más de un 10 % con respecto al de origen, el servicio Técnico nos exigirá un ensayo de frenada. Igualmente, si supera en un 35 % el valor del ancho del neumático, siempre en comparación con los originales, se nos exigirá la realización de ensayo de dirección

Para la homologación del neumático se aportará los siguientes documentos:

– Un informe de conformidad emitido por el fabricante del vehículo o por un servicio técnico especializado en servicios de reparación y mecánica de automóviles, en el que quede correctamente especificada la compatibilidad entre las llantas del vehículo y los neumáticos.

– De haber sido necesaria una reforma en el vehículo, ésta deberá cumplir con los requisitos tipificados en el Manual de Reformas de Vehículos.

– Certificado emitido por el taller indicando las modificaciones llevadas a cabo en el vehículo en Observaciones, cumpliendo éstas con los requisitos registrados en el Reglamento General de vehículos.


Si deseas más información no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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